Atención al cliente
Para dirigirse al SAC deberá facilitar el nombre y apellidos, NIF, firma, dirección y el motivo de la reclamación.
Si te comunicamos que tus datos fueron transferidos a Banco Cetelem, Banco Cetelem ha puesto a tu disposición los siguientes canales:
• Correo electrónico en la dirección de correo electrónico SAC-quejasyreclamaciones@cetelem.es.
Por lo contrario, si eras cliente de Orange Bank pero no formaste parte de ese traspaso, los canales son:
• Correo electrónico a la dirección sac_orangebank@servinform.es
• Por correo postal a Servicio de Atención al Cliente de ORANGE BANK (Paseo del Club Deportivo 1, Parque Empresarial La Finca; 28223, Pozuelo de Alarcón, Madrid).
El Servicio de Atención al Cliente dispone de un plazo de un mes para resolver las quejas y reclamaciones recibidas, excepto sobre cuestiones relativas a medios de pagos donde el plazo para resolver es de quince días hábiles. Asimismo, tiene a su disposición el Reglamento del Servicio de Atención al Cliente, solicitándolo a través de la Banca Móvil o por escrito.
En última instancia, si la respuesta no fuese satisfactoria o si transcurridos los plazos correspondientes no obtuviera respuesta, puede dirigirse a organismos públicos de consumo y/o al Departamento de Conducta de Entidades del Banco de España sito en La Calle Alcalá 48 C.P.28014 Madrid. Podrá dirigirse a este último a través de correo postal, a través de la Oficina Virtual del Banco de España (en la ruta Inicio – Ciudadanos – Reclamaciones y consultas sobre normativa de transparencia y buenas prácticas bancarias) o a través del Portal del Cliente Bancario (en la ruta Inicio – Podemos ayudarte – Consultas y reclamaciones – Cómo realizar una reclamación).
Normativa sobre Transparencia y Protección de la clientela:
- Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras.
- Real Decreto- Ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera
- Ley 44/2002 y el Real Decreto 303/2004 por el que se aprueba el Reglamento de los comisionados para la defensa del cliente de los servicios financieros.
- Orden ECC/2502/2012 de 16 de noviembre que regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la CNMV y la DGSFP.
- Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo.
- Normas de transparencia aplicables a la prestación de servicios financieros, en especial:
- Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores
- Circular 5/2012, de 27 de junio, del Banco de España, a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos
- Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios
- Orden EHA/1608/2010, de 14 de junio, sobre transparencia de las condiciones y requisitos de información aplicables a los servicios de pago
- Ley 7/2017, de 2 de noviembre, por la que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/11/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo.